jueves, 27 de septiembre de 2007

Una imagen vale mas que mil palabras


A través de la siguiente imagen quisiera mostrar las consecuencias y los desastres que generan los RILES



publicado por Izidor Fellhandler

miércoles, 26 de septiembre de 2007

Batch Filtro-Prensa





Descripción de procesoExiste una gran diversidad de industrias que generan volúmenes de Riles menores a 20 m3/día. Estas industrias tienen en común que sus riles contienen altas cargas de contaminantes. Estos casos se pueden ejemplificar con la industria elaboradora de envases de cartón corrugado, elaboradora de envases flexibles, industria que utiliza el acabado de metales dentro de su proceso, la industria elaboradora de adhesivos, la industria elaboradora de pinturas al agua, etc. El Ril generado en el proceso se colecta en un estanque de ecualización con capacidad para uno o dos días de operación. Desde este estanque se transfiere un volumen conocido al estanque de tratamiento. A dicho estanque se agrega un coagulante, se ajusta pH de ser necesario y finalmente se agrega un polímero. Se otorga un tiempo de reposo para optimizar la decantación. Terminado el proceso se pasa el contenido del estanque por un filtro prensa. Mediante este proceso el Ril se separa en agua tratada y tortas secas.















Tratamiento Físico Químico

El tratamiento físico-químico remueve material insoluble del Ril. En términos generales el proceso consiste en desestabilizar emulsiones y coloides que forman las grasas, los sólidos y metales en el ril. Dicho efecto se logra utilizando aditivos químicos.
Dependiendo del volumen diario de Ril a tratar se especifican sistemas de operación BATCH ó sistemas de operación CONTINUA; estos últimos pueden ser sistemas de flotación ó sistemas de sedimentación. Su elección dependerá de las propiedades del Ril.

Filtracion Primaria Sobre Los Riles

La filtración primaria es el proceso a que se debe someter todo Ril (residuo industrial líquido) que contenga sólidos mayores a 3 mm. La filtración de estos sólidos permitirá procesos posteriores sin dañar o afectar equipamiento utilizados en procesos posteriores (ejemplo bombeo), permitirá igualmente ecualizar el ril sin que se produzca sedimentación en dicha operación.
Dependiendo de la aplicación y caudal se pueden utilizar diferentes tipos de filtros. Consulte a nuestros ingenieros para que seleccionen el filtro adecuado para su caso particular.
En esta presentación damos a conocer un filtro mecánico auto-limpante, el cual se instala dentro de una canal a la que se hacen confluir los riles. Está compuesto por un tamiz, que la mayor parte del tiempo permanece estático. Los sólidos contenidos en el ril van quedando atrapados en él, mientras el agua filtrada escurre por la canal. La acumulación de sólidos en el tamiz reduce el área filtrante y por ende el nivel del agua comienza a subir. Al llegar a un nivel determinado, se activa automáticamente el sistema de levante, compuesto por una correa sin fin. Los sólidos son transportados a la tolva de descarga, la correa sin fin permite que el tamiz libre de sólidos enfrente el flujo a filtrar.
El sistema de auto-limpieza consiste en un retrolavado del tamiz y de cepillos de limpieza. No se requiere de atención permanente, exhibe bajo consumo de energía eléctrica y mínimo desgaste de piezas debido al accionamiento automático.

Aplicaciones:
AGUAS SERVIDAS DOMESTICAS
RILES DE AGROINDUSTRIA
INDUSTRIA PESQUERA
INDUSTRIA PROCESADORA DE ALIMENTOS

martes, 25 de septiembre de 2007

¿Cómo enfrentar los Riles?

Un establecimiento industrial puede enfrentar la problemática de los residuos industriales líquidos habiendo clasificado su tipo de vertido. Con este criterio, las soluciones se pueden agrupar en:

Grupo 1:

Vertidos con exceso de carga orgánica en los parámetros: Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO5), Sólidos Suspendidos (SS), Fósforo (P) y Nitrógeno Amoniacal (NH4).
• Los vertidos se pueden tratar directamente en la planta de la sanitaria.
• Puede ser tratado por medio de una planta de tratamiento in situ.
• Se puede implementar una solución mixta entre las dos anteriores.Soluciones en la línea de tratamiento de agua:

• Tratamiento Primario
- Mecánicos: · Rejas.
- Físicos: · Decantación · Flotación.

• Tratamiento Secundario
- Biológicos: Aerobios:En filtración percolación/ Lechos bacterianos/ Lodos activados/ Biofiltros/ Bioreactores a membrana.
- Biológicos: Anaerobios: Contacto / UASB / Filtro anaerobico / Lecho fluidisado.

Grupo 2:

Vertidos con exceso de carga orgánica con otros parámetros excedidos:
• Necesitan pretratamento para verter a sanitaria.
• Puede optar por tratamiento completo in situ.

Soluciones en la línea de tratamiento de agua:
- Mecánicos: Rejas.
- Físicos: Decantación / Flotación.
- Físico-Químico: Floculación / Decantación.

Grupo 3:

Vertidos no orgánicos:
• Necesitan planta propia.
• No pueden ser tratados por sanitaria.

Normativa Aplicable.

El necesario complemento de la ley son las Normas de Emisión, que definen los contenidos máximos de cada elemento contaminante posible de estar presente en los efluentes de los distintos establecimientos, según sea que se descarguen a cursos de agua, a sistemas de alcantarillado o en forma subterránea.

Descargas a Alcantarillado.
Se encuentra vigente desde agosto de 1998 el D.S. MOP Nº 609 de 1998, Norma que regula las Descargas a Sistemas de Alcantarillado. Existe una modificación establecida por D.S. MOP N° 3592 del 18.08.2000, que se refiere a una adecuación de los plazos originalmente establecidos.

Descargas a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.
Está vigente desde el 03.09.01 la Norma que regula Todo Tipo de Descargas a Aguas Marinas y Continentales Superficiales la cual fue aprobada mediante D.S. SEGPRES Nº90/2000 siendo publicada en el Diario Oficial el 07.03.01.
Posteriormente, en abril del año 2002 CONAMA editó el Manual de Aplicación de esta Norma, donde se explican bajo cada articulado sus alcances, como por ejemplo la determinación cel caudal de dilución por parte de la Dirección General de Aguas (DGA).
La dictación de la Norma a través del D.S. 90/2000 también regula las descargas a cursos superficiales provenientes de los efluentes de plantas de tratamiento de aguas servidas de las empresas sanitarias, las que previamente sólo debían cumplir con la Norma NCh 1333, Requisitos de Calidad de Agua para Diferentes Usos.


Descargas a Aguas Subterráneas (Infiltración)
Respecto de Aguas Subterráneas, se mantiene vigente la Norma Provisoria SISS de 1992, que regula las Descargas de Riles a Aguas Subterráneas.

Publicado por: Carol Salinas Díaz

lunes, 24 de septiembre de 2007

"Leyes de Riles"

• En 1916 aparece la Ley Nº 3.133 y su reglamento sobre neutralización por depuración de RilesEl 7 de Septiembre de 1916, se publica en el diario oficial la Ley Nº 3.133/16 del Ministerio de Obras Públicas. En ésta, se establece como norma general que los establecimientos industriales de distinta índole no pueden vaciar sus aguas en ningún medio acuífero, sin antes depurarlas o neutralizarlas, por medio de un sistema adecuado y permanente, y tampoco podrán arrojar a dichos cauces o depósitos de aguas las materias sólidas que puedan provenir de esos establecimientos ni las semillas perjudiciales a la agricultura.

• En 1992 la SISS actualizó el reglamento anterior (D.S. MOP 351/92)El 23 de Febrero de 1993, se publica en el diario oficial el Decreto Supremo Nº 351/93 del Ministerio de Obras Públicas. En éste, se establece el Reglamento para la neutralización de residuos líquidos industriales a que se refiere la Ley Nº 3.133. De acuerdo con lo establecido en los artículos 1º y 2º de la ley, los establecimientos no podrán vaciar Riles u otras sustancias nocivas al riego o a la bebida en ningún acueducto, cauce natural o artificial, superficial o subterráneo que conduzcan aguas, o en vertientes, lagos, lagunas, depósitos de agua, o terrenos que puedan filtrar la napa subterránea sin la autorización del Presidente de la República, otorgada por decreto del Ministerio de Obras Públicas, previo informe favorable de la SISS. Igual autorización será necesaria para los establecimientos cuyos Riles u otras sustancias desagüen en redes de alcantarillado y puedan dañar los sistemas de recolección o tratamiento de aguas servidas, o contravengan las normas vigentes sobre la calidad de los afluentes, aún cuando no sean nocivas a la bebida o al riego.

• El año 1997 la SISS traspasa funciones de fiscalización a los prestadores de servicios sanitarios (D.S. MOP 1172/97)El Decreto Supremo Nº 1172/97 (del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial del 18 de Abril de 1998): Modifica el Decreto Supremo Nº351/92, principalmente en lo que respecta a la competencia de las empresas de servicios sanitarios, en la aprobación y fiscalización de los sistemas de tratamiento de Riles descargados a sus redes. Norma Técnica Provisoria/92 Norma Técnica Provisoria/92 (de la Super Intendencia de Servicios Sanitarios, no ha sido publicada): Norma técnica relativa a descargas de residuos industriales líquidos, directamente a cursos y masas de aguas superficiales y subterráneas.

• En 1998 se publica la Norma de emisión para descarga de Riles a sistemas de alcantarillado (D.S. MOP 609/98) En mayo de 1998 se aprueba la "norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado", Norma D.S. MOP Nº609, publicada en el Diario Oficial en julio de 1998. Ésta norma establece una serie de tablas en las que se indica la cantidad máxima de contaminante permitida para los residuos industriales líquidos, descargados por los establecimientos industriales en los servicios públicos de recolección de aguas servidas y el tiempo que tienen para adecuarse a la normas.





Publicado por: Carol Salinas Díaz