El necesario complemento de la ley son las Normas de Emisión, que definen los contenidos máximos de cada elemento contaminante posible de estar presente en los efluentes de los distintos establecimientos, según sea que se descarguen a cursos de agua, a sistemas de alcantarillado o en forma subterránea.
Descargas a Alcantarillado.
Se encuentra vigente desde agosto de 1998 el D.S. MOP Nº 609 de 1998, Norma que regula las Descargas a Sistemas de Alcantarillado. Existe una modificación establecida por D.S. MOP N° 3592 del 18.08.2000, que se refiere a una adecuación de los plazos originalmente establecidos.
Descargas a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.
Está vigente desde el 03.09.01 la Norma que regula Todo Tipo de Descargas a Aguas Marinas y Continentales Superficiales la cual fue aprobada mediante D.S. SEGPRES Nº90/2000 siendo publicada en el Diario Oficial el 07.03.01.
Posteriormente, en abril del año 2002 CONAMA editó el Manual de Aplicación de esta Norma, donde se explican bajo cada articulado sus alcances, como por ejemplo la determinación cel caudal de dilución por parte de la Dirección General de Aguas (DGA).
La dictación de la Norma a través del D.S. 90/2000 también regula las descargas a cursos superficiales provenientes de los efluentes de plantas de tratamiento de aguas servidas de las empresas sanitarias, las que previamente sólo debían cumplir con la Norma NCh 1333, Requisitos de Calidad de Agua para Diferentes Usos.
Descargas a Aguas Subterráneas (Infiltración)
Respecto de Aguas Subterráneas, se mantiene vigente la Norma Provisoria SISS de 1992, que regula las Descargas de Riles a Aguas Subterráneas.
Publicado por: Carol Salinas Díaz
martes, 25 de septiembre de 2007
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