lunes, 24 de septiembre de 2007

"Leyes de Riles"

• En 1916 aparece la Ley Nº 3.133 y su reglamento sobre neutralización por depuración de RilesEl 7 de Septiembre de 1916, se publica en el diario oficial la Ley Nº 3.133/16 del Ministerio de Obras Públicas. En ésta, se establece como norma general que los establecimientos industriales de distinta índole no pueden vaciar sus aguas en ningún medio acuífero, sin antes depurarlas o neutralizarlas, por medio de un sistema adecuado y permanente, y tampoco podrán arrojar a dichos cauces o depósitos de aguas las materias sólidas que puedan provenir de esos establecimientos ni las semillas perjudiciales a la agricultura.

• En 1992 la SISS actualizó el reglamento anterior (D.S. MOP 351/92)El 23 de Febrero de 1993, se publica en el diario oficial el Decreto Supremo Nº 351/93 del Ministerio de Obras Públicas. En éste, se establece el Reglamento para la neutralización de residuos líquidos industriales a que se refiere la Ley Nº 3.133. De acuerdo con lo establecido en los artículos 1º y 2º de la ley, los establecimientos no podrán vaciar Riles u otras sustancias nocivas al riego o a la bebida en ningún acueducto, cauce natural o artificial, superficial o subterráneo que conduzcan aguas, o en vertientes, lagos, lagunas, depósitos de agua, o terrenos que puedan filtrar la napa subterránea sin la autorización del Presidente de la República, otorgada por decreto del Ministerio de Obras Públicas, previo informe favorable de la SISS. Igual autorización será necesaria para los establecimientos cuyos Riles u otras sustancias desagüen en redes de alcantarillado y puedan dañar los sistemas de recolección o tratamiento de aguas servidas, o contravengan las normas vigentes sobre la calidad de los afluentes, aún cuando no sean nocivas a la bebida o al riego.

• El año 1997 la SISS traspasa funciones de fiscalización a los prestadores de servicios sanitarios (D.S. MOP 1172/97)El Decreto Supremo Nº 1172/97 (del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial del 18 de Abril de 1998): Modifica el Decreto Supremo Nº351/92, principalmente en lo que respecta a la competencia de las empresas de servicios sanitarios, en la aprobación y fiscalización de los sistemas de tratamiento de Riles descargados a sus redes. Norma Técnica Provisoria/92 Norma Técnica Provisoria/92 (de la Super Intendencia de Servicios Sanitarios, no ha sido publicada): Norma técnica relativa a descargas de residuos industriales líquidos, directamente a cursos y masas de aguas superficiales y subterráneas.

• En 1998 se publica la Norma de emisión para descarga de Riles a sistemas de alcantarillado (D.S. MOP 609/98) En mayo de 1998 se aprueba la "norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado", Norma D.S. MOP Nº609, publicada en el Diario Oficial en julio de 1998. Ésta norma establece una serie de tablas en las que se indica la cantidad máxima de contaminante permitida para los residuos industriales líquidos, descargados por los establecimientos industriales en los servicios públicos de recolección de aguas servidas y el tiempo que tienen para adecuarse a la normas.





Publicado por: Carol Salinas Díaz

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